Legislación › Real Decreto 2826/1980, de 22 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos del Colegio Nacional de Doctores y Licenciados en Ciencias Políticas y Sociología.
Artículo 1.
Artículo 1.
El ilustre Colegio Nacional de Doctores y Licenciados en Ciencias Políticas y Sociología, como corporación oficial de Derecho público relacionada con la Administración General del Estado a través del Ministerio de la Presidencia o del Ministerio que corresponda, es el superior órgano representativo nacional de la profesión, dotado de plena capacidad jurídica, cuya misión principal consiste en agrupar a los titulados en Ciencias Políticas y Sociología para la defensa y promoción de la profesión en todo el territorio nacional.
Se modifica por el art. único del Real Decreto 974/1995, de 16 de junio. BOE-A-1995-15289
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 14 de julio de 1995 En vigor | BOE-A-1995-15289 | Leer | Qué cambió |
| 23 de enero de 1981 | Texto original | Leer |


