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Legislación › Real Decreto 2826/1980, de 22 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos del Colegio Nacional de Doctores y Licenciados en Ciencias Políticas y Sociología.

Artículo 55.

Artículo 55.

El Colegio Nacional tendrá plena capacidad patrimonial para el cumplimiento de sus fines.

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