Legislación › Real Decreto 2826/1980, de 22 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos del Colegio Nacional de Doctores y Licenciados en Ciencias Políticas y Sociología.
Artículo 55.
Artículo 55.
El Colegio Nacional tendrá plena capacidad patrimonial para el cumplimiento de sus fines.


