Legislación › Orden de 19 de enero de 1981 por la que se aprueba el Reglamento de Régimen Interior de la Real Academia de Ciencias Económicas y Financieras de Barcelona.
Artículo 47
Artículo 47
Para el mejor cumplimiento de los fines señalados en el artículo anterior, la Academia nombrará como delegados a Académicos correspondientes, en los lugares que, por su movimiento científico, estime más interesantes, concediéndoles su representación en los mismos.


