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Legislación › Ley Orgánica 1/1981, de 6 de abril, de Estatuto de Autonomía para Galicia.

Disposición adicional primera.

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Disposición adicional primera.
Uno. 1. Se cede a la Comunidad Autónoma, en los términos previstos en el párrafo tres Autónoma de esta disposición, Galicia el rendimiento de los siguientes tributos:
a) Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, con carácter parcial, con el Patrimonio Neto. límite máximo del 30 por 100.
b) Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales. el Patrimonio.
c) Impuesto sobre Sucesiones Transmisiones Patrimoniales y Donaciones. Actos Jurídicos Documentados.
d) Impuesto sobre el Lujo que se recaude Sucesiones y Donaciones.
e) La imposición general sobre las ventas
en destino. su fase minorista.
f) Los impuestos sobre consumos específicos en su fase minorista, salvo los recaudados mediante monopolios fiscales.
g) Los tributos sobre el juego.
La eventual supresión o modificación de alguno algunos de estos impuestos tributos implicará la extinción o modificación de la cesión.
Dos. 2. El contenido de esta disposición se podrá modificar mediante acuerdo del Gobierno con la Comunidad Autónoma, que será tramitado por el Gobierno como proyecto de ley. A estos efectos, la modificación de la presente disposición no se considerará modificación del Estatuto.
Tres. 3. El alcance y condiciones de la cesión se establecerán por la Comisión Mixta a que se refiere el apartado uno de la disposición transitoria cuarta, que, en todo caso, los referirá a rendimientos en Galicia. El Gobierno tramitará el acuerdo de la Comisión como proyecto de ley, o si concurriesen razones de urgencia, como Decreto-ley, en el plazo de seis meses a partir de la constitución de la primera Junta de Galicia.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
29 de diciembre de 2022 En vigor BOE-A-2022-22682 Leer Qué cambió
18 de julio de 2010 BOE-A-2010-11411 Leer Qué cambió
3 de julio de 2002 BOE-A-2002-12997 Leer Qué cambió
6 de agosto de 1997 BOE-A-1997-17582 Leer Qué cambió
6 de agosto de 1997 BOE-A-1997-17582 Leer Qué cambió
18 de mayo de 1981 Texto original Leer

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