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Legislación › Ley 18/1982, de 26 de mayo, sobre régimen fiscal de agrupaciones y uniones temporales de Empresas y de las Sociedades de desarrollo industrial regional.

Artículo quinto. Requisitos

Artículo quinto. Requisitos

(Derogado)

Se deroga por la disposición derogatoria de la Ley 12/1991, de 29 de abril. BOE-A-1991-10511

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
20 de mayo de 1991 En vigor BOE-A-1991-10511 Leer Qué cambió
10 de junio de 1982 Texto original Leer

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