Legislación › Instrumento de Ratificación de 20 de junio de 1980 del Convenio entre el Gobierno de España y el Gobierno de la República Popular de Polonia para evitar la doble imposición con respecto a los impuestos sobre la renta y el capital, hecho en Madrid el 15 de noviembre de 1979 y su Protocolo anejo.
Artículo 27. Funcionarios Diplomáticos y Consulares.
Artículo 27. Funcionarios Diplomáticos y Consulares.
Nada del presente Convenio afectará a los privilegios fiscales de los funcionarios Diplomáticos o Consulares en virtud de las normas generales del Derecho Internacional o en virtud de las disposiciones de acuerdos especiales.


