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Legislación › Ley Orgánica 5/1982, de 1 de julio, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana.

Artículo 11.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 10 de julio de 1982 y la del 11 de abril de 2006. Tachado: lo que se quitó (175 palabras). Subrayado: lo que se añadió (43 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo once.
Son funciones de las Cortes Valencianas:
a) Aprobar los presupuestos de la Generalidad Valenciana y las emisiones de Deuda Pública.
b) Controlar la acción del Gobierno valenciano.
c) Elegir al Presidente de la Generalidad Valenciana.
d) Exigir, en su caso, la responsabilidad política del Presidente y del Gobierno.
11.
e) Ejercer el control parlamentario sobre la acción de la Administración situada bajo La Generalitat, conforme a la autoridad Carta de la Generalidad Valenciana. A tal efecto, podrían crearse Derechos Sociales, velará en su caso, comisiones especiales de investigación y atribuirse esta facultad a todo caso para que las comisiones permanentes.
f) Presentar a la Mesa del Congreso proposiciones de ley
mujeres y a nombrar a los Diputados encargados de defenderlas.
g) Solicitar del Gobierno del Estado
hombres puedan participar plenamente en la adopción de proyectos de ley.
h) Interponer recursos de inconstitucionalidad, así como personarse ante el Tribunal Constitucional.
i) Aprobar, a propuesta del Gobierno valenciano, los convenios
vida laboral, social, familiar y acuerdos política sin discriminaciones de cooperación con el Estado ningún tipo y las demás Comunidades Autónomas.
j) Designar a los Senadores
garantizará que han de representar a la Comunidad Autónoma Valenciana, según lo previsto hagan en el artículo sesenta y nueve coma cinco igualdad de condiciones. A estos efectos se garantizará la Constitución.
k) Cuantas otras le atribuyan las leyes
compatibilidad de la vida familiar y el presente Estatuto. laboral.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
11 de abril de 2006 En vigor BOE-A-2006-6472 Leer Qué cambió
10 de julio de 1982 Texto original Leer

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