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Legislación › Real Decreto 1523/1982, de 18 de junio, por el que se crea la Real Orden del Mérito Deportivo.

Artículo quinto.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 3 de agosto de 1982 y la del 23 de mayo de 2010. Tachado: lo que se quitó (31 palabras). Subrayado: lo que se añadió (5 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo quinto.
Uno. 1. La Gran Cruz y la Placa de Oro se conferirán conferirá mediante Real Decreto real decreto acordado en Consejo de Ministros.
Dos. La Medalla de Oro se otorgará por la Ministra de Cultura, a propuesta del Presidente del Consejo Superior de Deportes.
Tres.
2. Las demás categorías se otorgarán por el Presidente del Consejo Superior de Deportes.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
23 de mayo de 2010 En vigor BOE-A-2010-8192 Leer Qué cambió
3 de agosto de 1982 Texto original Leer

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