Legislación › Real Decreto 2655/1982, de 15 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto General de los Colegios de Doctores y Licenciados en Filosofía y Letras y en Ciencias.
Artículo 8. Acuerdo de alta.
Artículo 8. Acuerdo de alta.
1. La solicitud de inscripción se hará ante el correspondiente Colegio oficial.
2. La Junta de gobierno de cada Colegio practicará las comprobaciones pertinentes antes de resolver sobre las solicitudes de colegiación.


