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Legislación › Real Decreto 3275/1982, de 12 de noviembre, sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en centrales eléctricas y centros de transformación.

Artículo primero.

Artículo primero.

Se aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en centrales eléctricas, subestaciones y centros de transformación de tensión superior a mil voltios, que se incluye como anexo a este Real Decreto.

Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 15, de 18 de enero de 1983. BOE-A-1983-1690.

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