Legislación › Ley Orgánica 8/1981, de 30 de diciembre, de Estatuto de Autonomía para Cantabria.
Artículo 3.
Artículo 3.
La bandera propia de Cantabria es la formada por dos franjas horizontales de igual anchura, blanca la superior y roja la inferior.
Cantabria podrá establecer su escudo e himno por ley del Parlamento.
El escudo de Cantabria, una vez aprobado por el Parlamento, podrá incorporarse a la bandera.
Se modifica por el art. único.5 de la Ley Orgánica 11/1998, de 30 de diciembre. BOE-A-1998-30152
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 20 de enero de 1999 En vigor | BOE-A-1998-30152 | Leer | Qué cambió |
| 31 de enero de 1982 | Texto original | Leer |


