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Legislación › Ley 50/1981, de 30 de diciembre, por la que se regula el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal.

Artículo treinta y cinco

Comparación entre la redacción en vigor desde el 30 de marzo de 1988 y la del 25 de abril de 1995. Tachado: lo que se quitó (11 palabras). Subrayado: lo que se añadió (46 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo treinta y cinco
1. Será preciso pertenecer a la categoría primera para servir los siguientes destinos:
A) a) Teniente Fiscal del Tribunal Supremo.
B) b) Fiscal Jefe de Sala del Tribunal Supremo.
C) c) Fiscal Jefe de la Fiscalía ante el Tribunal Constitucional.
D) d) Fiscales Jefes de la Audiencia Nacional y del Tribunal de Cuentas.
E) e) Fiscal Inspector.
F) f) Fiscal Jefe de la Secretaría técnica.
G) g) Fiscal Jefe de la Fiscalía Especial para la Prevención y Represión del Tráfico Ilegal de Drogas.
h) Fiscal Jefe de la Fiscalía Especial para la Represión de los Delitos Económicos relacionados con la Corrupción.
2. Los Fiscales Jefes de los Tribunales Superiores de Justicia y Audiencias Provinciales tendrán la categoría equiparada a la del respectivo Presidente.
3. Será preciso pertenecer a la categoría segunda para servir los restantes cargos en las Fiscalías del Tribunal Supremo, ante el Tribunal Constitucional, Audiencia Nacional, Tribunal de Cuentas, Inspección Fiscal, Secretaria Secretaría Técnica, Fiscal Jefe de la Audiencia Provincial y Provincial, Teniente Fiscal de la Fiscalía Especial para la Prevención y Represión del Tráfico Ilegal de Drogas. Drogas y Teniente Fiscal de la Fiscalía Especial para la Represión de los Delitos Económicos relacionados con la Corrupción.
4. La plantilla orgánica fijará la categoría necesaria para servir los restantes servicios fiscales.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
11 de octubre de 2007 En vigor BOE-A-2007-17769 Leer Qué cambió
26 de junio de 2003 BOE-A-2003-10523 Leer Qué cambió
25 de abril de 1995 BOE-A-1995-10066 Leer Qué cambió
30 de marzo de 1988 BOE-A-1988-8175 Leer Qué cambió
2 de febrero de 1982 Texto original Leer

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