Legislación › Ley 50/1981, de 30 de diciembre, por la que se regula el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal.
Disposición adicional primera.
Disposición adicional primera.
En cuanto a la adquisición y pérdida de la condición de miembro de la Carrera Fiscal, incapacidades, situaciones administrativas, deberes y derechos, incompatibilidades, prohibiciones y responsabilidades de los mismos, será de aplicación supletoria lo dispuesto para Jueces y Magistrados en la Ley Orgánica del Poder Judicial.
El miembro del Ministerio Fiscal nombrado Fiscal Europeo estará en situación de servicios especiales de conformidad con el artículo 351.a) de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
Los Fiscales nombrados por el Colegio de la Fiscalía Europea como Fiscales europeos delegados estarán en situación de servicios especiales de conformidad con el artículo 351.c) de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, desde el momento de su nombramiento y hasta su cese, en los términos establecidos en la Ley Orgánica de aplicación del Reglamento (UE) 2017/1939 del Consejo, de 12 de octubre de 2017, por el que se establece una cooperación reforzada para la creación de la Fiscalía Europea.
Se añaden los últimos dos párrafos por la disposición final 1.4 de la Ley Orgánica 9/2021, de 1 de julio. BOE-A-2021-10957
Se modifica por la disposición adicional 4 de la Ley 4/2010, de 10 de marzo. BOE-A-2010-4048
Se modifica por el art. 5 de la Ley 13/2009, de 3 de noviembre. BOE-A-2009-17493
Se numera como primera por la disposición adicional 16 de la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre. BOE-A-2003-23644
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 3 de julio de 2021 En vigor | BOE-A-2021-10957 | Leer | Qué cambió |
| 5 de mayo de 2010 | BOE-A-2010-4048 | Leer | Qué cambió |
| 4 de mayo de 2010 | BOE-A-2009-17493 | Leer | Qué cambió |
| 15 de enero de 2004 | BOE-A-2003-23644 | Leer | Qué cambió |
| 2 de febrero de 1982 | Texto original | Leer |
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