Legislación › Ley 6/1982, de 29 de marzo, de pensiones a los mutilados civiles de guerra.
Disposición final.
Disposición final.
La presente Ley tendrá efectos económicos a partir de uno de enero de mil novecientos ochenta y dos.
Legislación › Ley 6/1982, de 29 de marzo, de pensiones a los mutilados civiles de guerra.
Disposición final.
La presente Ley tendrá efectos económicos a partir de uno de enero de mil novecientos ochenta y dos.
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