Legislación › Orden de 11 de mayo de 1983 por la que se regula el régimen y funcionamiento de los órganos de participación colegiados del Instituto Social de la Marina.
Artículo 22. Comisiones Ejecutivas provinciales.
Artículo 22. Comisiones Ejecutivas provinciales.
La Comisión Ejecutiva Provincial estará integrada por los mismos miembros que constituyen el Consejo Provincial y asumirá los cometidos de este último, sin perjuicio de las diferenciaciones que, en materia de composición y funciones, pudieran establecerse en el futuro entre ambos Órganos.
Se modifica por el art. único.3 de la Orden de 11 de septiembre de 1984. BOE-A-1984-21681
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 22 de septiembre de 1984 En vigor | BOE-A-1984-21681 | Leer | Qué cambió |
| 7 de junio de 1983 | Texto original | Leer |


