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Legislación › Ley 1/1983, de 14 de abril, del Gobierno y de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Artículo 17.

Artículo 17.

(Derogado)

Se deroga por la disposición derogatoria única de la Ley 3/1997, de 8 de mayo. BOE-A-1997-11538.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
14 de junio de 1997 En vigor BOE-A-1997-11538 Leer Qué cambió
30 de abril de 1983 Texto original Leer

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