Legislación › Orden de 12 de julio de 1983 por la que se aprueban las normas generales de calidad para la nata y nata en polvo con destino al mercado interior.
7. Aditivos autorizados.
7. Aditivos autorizados.
(Derogado)
Se deroga por el art. 25.1 del Real Decreto 176/2013, de 8 de marzo. BOE-A-2013-3402.
Se derogan los apartados 7.2, 7.3, 7.5 y 7.6 por la disposición derogatoria única.12 del Real Decreto 145/1997, de 31 de enero. BOE-A-1997-6156.
Redactados los apartados 7.1.1, 7.1.2 y 7.2.2 conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 224, de 19 de septiembre de 1983. BOE-A-1983-25051.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 30 de marzo de 2013 En vigor | BOE-A-2013-3402 | Leer | Qué cambió |
| 23 de marzo de 1997 | BOE-A-1997-6156 | Leer | Qué cambió |
| 20 de julio de 1984 | Texto original | Leer |


