Legislación › Orden de 12 de julio de 1983 por la que se aprueban las normas generales de calidad para la nata y nata en polvo con destino al mercado interior.
7. Aditivos autorizados.
7. Aditivos autorizados.
(Derogado)
Se deroga por la disposición derogatoria única.12 del Real Decreto 145/1997, de 31 de enero. BOE-A-1997-6156.
Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 224, de 19 de septiembre de 1983. BOE-A-1983-25051.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 23 de marzo de 1997 En vigor | BOE-A-1997-6156 | Leer | Qué cambió |
| 20 de julio de 1984 | Texto original | Leer |


