Legislación › Ley 11/1983, de 16 de agosto, de medidas financieras de estímulo a la exportación.
Artículo tercero.
Artículo tercero.
Anualmente en la Ley de Presupuestos Generales del Estado se dotará al Ministerio de Economía y Hacienda con el correspondiente crédito ampliable para atender a las finalidades previstas en la presente Ley igualmente, en los Presupuestos de ingresos y gastos del Instituto de Crédito Oficial se estableceran los correspondientes conceptos presupuestarios para recoger las operaciones derivadas de estas subvenciones.


