Legislación › Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Junta y su Presidente.
Artículo 35.
Artículo 35.
Los miembros de la Xunta podrán designar y cesar libremente al personal colaborador y de asistencia directa dentro de los créditos presupuestarios consignados al efecto. Este personal, de carácter eventual, cesará automáticamente al producirse el cese del miembro de la Xunta que efectuó su nombramiento.


