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Legislación › Real Decreto 2507/1983, de 4 de agosto, por el que se aprueba la Reglamentación Técnico-Sanitaria para la elaboración y comercialización de masas fritas.

Art. 6.º Requisitos higiénico-sanitarios de las instalaciones no permanentes.

Art. 6.º Requisitos higiénico-sanitarios de las instalaciones no permanentes.

(Derogado)

Se deroga por el art. 26 del Real Decreto 176/2013, de 8 de marzo. BOE-A-2013-3402.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
30 de marzo de 2013 En vigor BOE-A-2013-3402 Leer Qué cambió
10 de octubre de 1983 Texto original Leer

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