Legislación › Ley 1/1982, de 18 de octubre, de Gobierno y de la Administración pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Artículo 5.
Artículo 5.
El cargo de Presidente es incompatible:
a) Con el desempeño de toda función pública o puesto en la Administración del Estado, Autónoma o Local, salvo con los que corresponden a la condición de Diputado regional o Senador.
b) Con el ejercicio profesional o de cualquier actividad relacionada con empresas o sociedades de carácter civil o mercantil.


