Legislación › Real Decreto 2945/1983, de 9 de noviembre, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas del Ejército de Tierra.
Art. 102.
Art. 102.
La redacción y actualización del libro de Organización corresponderá al Jefe de la Unidad y la del de Normas de Régimen Interior al Jefe de Base, Acuartelamiento o Establecimiento, quienes deberán ajustarse a las disposiciones reguladoras que con carácter general establezca el Jefe del Estado Mayor del Ejército, a las particulares de las Autoridades territoriales y a las concretas del Jefe de su Gran Unidad, dejando constancia de las mismas mediante el oportuno asiento.


