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Legislación › Real Decreto 2945/1983, de 9 de noviembre, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas del Ejército de Tierra.

Art. 162.

Art. 162.

Comprobará si a diana y silencio el personal cumple lo dispuesto en el título IX de este Tratado; se preocupará de la alimentación de la tropa; revistará el estado de policía de sus subordinados y el orden y limpieza de los locales, instalaciones y zonas de uso común que a estos efectos tenga asignados.

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