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Legislación › Real Decreto 2945/1983, de 9 de noviembre, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas del Ejército de Tierra.

Art. 253.

Art. 253.

Con ocasión de ejercicios de tiro, marchas, maniobras y actos que entrañen riesgo o puedan requerir asistencia, el mando, asesorado por su servicio sanitario, fijará el personal y los medios técnicos y de evacuación que acompañarán a las unidades, así como el lugar más adecuado en que deban encontrarse.

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