Legislación › Real Decreto 2945/1983, de 9 de noviembre, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas del Ejército de Tierra.
Art. 41.
Art. 41.
Cuando su Unidad sea la única que ocupe un Acuartelamiento será a la vez Jefe del mismo. Si lo comparte con otros, o se aloja en una Base, ejercerá el cargo de Jefe de Base o Acuartelamiento en el caso de que le corresponda según lo establecido en el artículo 16.


