Legislación › Instrumento de ratificación de 22 de octubre de 1982 del Convenio entre España e Italia en materia de Seguridad Social y el Acuerdo Administrativo para su aplicación, hechos en Madrid el 30 de octubre de 1979.
Artículo 38.
Artículo 38.
Los gastos derivados de reconocimientos sanitarios, así como los relacionados con los mismos, satisfechos en relación con la concesión de prestaciones por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales serán reembolsados por la Institución requirente a la Institución que hubiera realizado los reconocimientos, siempre sobre la base del importe efectivo que resultare de la contabilidad de la última Institución.


