Legislación › Ley 44/1983, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1984.
Artículo 34. Tipos de gravamen del impuesto general sobre el tráfico de las empresas.
Artículo 34. Tipos de gravamen del impuesto general sobre el tráfico de las empresas.
Queda fijado en el 4 por 100 el tipo impositivo aplicable a todas las operaciones sujetas y no exentas al Impuesto General sobre el Tráfico de las Empresas, con las siguientes excepciones:
| Porcentaje | |
|---|---|
| a) Ventas de fabricantes e industriales a comerciantes minoristas y consumidores finales. | 4,50 |
| b) Ventas de comerciantes mayoristas. | 0,50 |
| c) Ventas empresariales de inmuebles. | 4,50 |
| d) Espectáculos públicos cinematográficos. | 4,50 |
| e) Suministros de electricidad. | 6,00 |
Lo dispuesto en este artículo estará vigente durante todo el año 1984.
Se prorroga para el año 1985 por el art. 63 de la Ley 50/1984, de 30 de diciembre. BOE-A-1984-28337
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 1985 En vigor | BOE-A-1984-28337 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 1984 | Texto original | Leer |


