Legislación › Ley 44/1983, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1984.
Disposición adicional vigésima primera.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 1984 y la del 1 de enero de 1985. El texto es el mismo. Volver al texto en vigor
Disposición adicional vigésima primera.
En el ejercicio de 1984, el Gobierno iniciara los estudios tendentes al posible establecimiento en Canarias de una zona libre bancaria. De los resultados del mismo se informará a la Comunidad Autónoma de Canarias.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 1985 En vigor | BOE-A-1984-28337 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 1984 | Texto original | Leer |
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