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Legislación › Real Decreto 545/1983, de 9 de febrero, por el que se desarrollan determinadas normas del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal.

Disposición transitoria tercera.

Disposición transitoria tercera.

Los actuales Fiscales de Distrito sustitutos asumirán automáticamente las funciones que el artículo 10 de este Real Decreto atribuye a los Fiscales sustitutos por el tiempo que les reste del período para el que fueron nombrados por las Salas de Gobierno de las Audiencias Territoriales.

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