Legislación › Real Decreto 667/1983, de 2 de marzo, por el que se aprueba la Reglamentación Técnico-sanitaria para la elaboración y venta de zumos de frutas y de otros vegetales y de sus derivados.
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Comparación entre la redacción en vigor desde el 20 de abril de 1983 y la del 21 de noviembre de 1991.
Tachado: lo que se quitó (13 palabras). Subrayado: lo que se añadió (38 palabras).
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Incluye corrección de errores publicada en BOE núm. 125, Se deroga todo lo que se refiere a zumos de 26 frutas y otros productos similares regulados por la presente Reglamentación técnico-sanitaria, excepto los arts. 16, 17 y 18 por la disposición derogatoria del Real Decreto 1650/1991, de mayo 8 de 1983. BOE-A-1983-15019 noviembre. BOE-A-1991-28036
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 30 de marzo de 2013 En vigor | BOE-A-2013-3402 | Leer | Qué cambió |
| 3 de agosto de 2003 | BOE-A-2003-15479 | Leer | Qué cambió |
| 21 de noviembre de 1991 | BOE-A-1991-28036 | Leer | Qué cambió |
| 20 de abril de 1983 | Texto original | Leer |


