LexTotal

Legislación › Real Decreto 858/1984, de 28 de marzo, por el que se aprueba la Reglamentación Técnico-Sanitaria para la elaboración, circulación y comercio de salsas de mesa.

Art. 11. Mayonesa o mahonesa y salsa fina.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 10 de mayo de 1984 y la del 26 de febrero de 2010. Tachado: lo que se quitó (28 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Art. 11. Mayonesa o mahonesa y salsa fina.
11.1 Caracteres organolépticos:
Aspecto y color, emulsión homogénea, de consistencia variable y de color uniforme, generalmente amarillo más o menos intenso.
Sabor característico, dependiendo de los ingredientes utilizados.
11.2 Características físico-químicas:
Mayonesa o mahonesa:
Extracto etéreo (con éter etílico): 65 por 100 mínimo.
Acidez: 0,2 por 100 mínimo en ácido acético.
Ph, inferior a 4,2.
Contenido en huevo, 5 por 100 mínimo expresado en yema de huevo técnica (contenido mínimo en materia seca referido a yema no preservada, de 42 por 100).
Salsa fina:
Extracto etéreo (con éter etílico): 30 por 100 mínimo.
Acidez: 0,3 por 100 mínimo.
Ph, inferior a 4.
Contenido en huevo, 3 por 100 mínimo expresado en yema de huevo técnica (contenido mínimo en materia seca referido a yema no preservada, de 42 por 100).
11.3 Normas microbiológicas:
Recuento colonias aerobias mesófilas (31 ºC ± 1 ºC): Máximo 1 x 104 colonias/gramo.
Enterobacteriáceas totales: Máximo 1 x 10 colonias/gramo.
Salmonella-Shigella: Ausencia en 25 gramos.
(Derogado)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
26 de febrero de 2010 En vigor BOE-A-2010-3032 Leer Qué cambió
10 de mayo de 1984 Texto original Leer

← Art 10 Índice Art 12 →