Legislación › Real Decreto 858/1984, de 28 de marzo, por el que se aprueba la Reglamentación Técnico-Sanitaria para la elaboración, circulación y comercio de salsas de mesa.
Art. 16. Aditivos autorizados.
Art. 16. Aditivos autorizados.
(Derogado)
Se deroga por el art. 30 del Real Decreto 176/2013, de 8 de marzo. BOE-A-2013-3402.
Se derogan los apartados 2 a 6 por la disposición derogatoria única.39 del Real Decreto 145/1997, de 31 de enero. BOE-A-1997-6156.
Se deroga el apartado 1 por la disposición derogatoria única.26 del Real Decreto 2001/1995, de 7 de diciembre. BOE-A-1996-1387.
Véase el apartado 1 de la Orden de 13 de octubre de 1988 sobre la prohibición de la utilización del estearato de ascorbilo en la elaboración de productos alimenticios. BOE-A-1988-24783.
Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 310, de 27 de diciembre de 1984. BOE-A-1984-28138
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 30 de marzo de 2013 En vigor | BOE-A-2013-3402 | Leer | Qué cambió |
| 23 de marzo de 1997 | BOE-A-1997-6156 | Leer | Qué cambió |
| 23 de enero de 1996 | BOE-A-1996-1387 | Leer | Qué cambió |
| 15 de noviembre de 1988 | BOE-A-1988-24783 | Leer | Qué cambió |
| 10 de mayo de 1984 | Texto original | Leer |


