LexTotal

Legislación › Real Decreto 1024/1984, de 23 de mayo, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas de la Armada.

Art. 168.

Art. 168.

Ejecutará con prontitud y en la forma debida cuantas órdenes reciba y será responsable de la moral, disciplina e instrucción de su Pelotón, que impulsará con su competencia, dedicación y ejemplo.

← Art 167 Índice Art 169 →