Legislación › Real Decreto 1024/1984, de 23 de mayo, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas de la Armada.
Art. 167.
Art. 167.
Conocerá las aptitudes y cualidades de sus subordinados. Velará porque en el manejo, cuidado y mantenimiento del armamento y material se cumplan las normas establecidas, en especial en maniobras y campaña.


