Legislación › Real Decreto 1024/1984, de 23 de mayo, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas de la Armada.
Art. 171.
Art. 171.
El Comandante de Vuelo, desde su nombramiento para una determinada misión, asumirá la responsabilidad de su preparación, ejecución y análisis. Recabará la información que precise y tramitará la documentación reglamentaria.


