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Legislación › Real Decreto 1024/1984, de 23 de mayo, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas de la Armada.

Art. 238.

Art. 238.

Cuando las Clases de Marinería y Tropa acudan al comedor en formación, lo harán al mando del Suboficial de Guardia Interior, quien, en todo caso, presenciará el reparto de la comida.

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