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Legislación › Real Decreto 1024/1984, de 23 de mayo, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas de la Armada.

Art. 256.

Art. 256.

El Comandante de la Guardia es el Oficial de los Cuerpos de Mando, que, representando al Comandante o Jefe, es responsable ante él del normal desarrollo de las actividades y de la seguridad en la Unidad, Base, Arsenal o Centro.

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