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Legislación › Real Decreto 1024/1984, de 23 de mayo, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas de la Armada.

Art. 380.

Art. 380.

La limpieza de locales y espacios de uso común no asignados a una Unidad, será realizada por el personal nombrado al efecto, normalmente por turno entre las distintas Unidades.

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