Legislación › Real Decreto 1024/1984, de 23 de mayo, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas de la Armada.
Art. 380.
Art. 380.
La limpieza de locales y espacios de uso común no asignados a una Unidad, será realizada por el personal nombrado al efecto, normalmente por turno entre las distintas Unidades.


