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Legislación › Real Decreto 1024/1984, de 23 de mayo, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas de la Armada.

Art. 83.

Art. 83.

Es responsable del cumplimiento de la misión asignada y de la seguridad de su buque y dotación. Velará porque en todo momento su buque esté listo para la acción y porque se cumplan las normas generales y particulares que le afecten.

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