Legislación › Real Decreto 1024/1984, de 23 de mayo, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas de la Armada.
Art. 89.
Art. 89.
No tolerará la menor relajación en las guardias, rondas y en el cumplimiento de sus demás obligaciones, a los Oficiales, Suboficiales y Clases de Marinería o Tropa.


