Legislación › Real Decreto 1024/1984, de 23 de mayo, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas de la Armada.
Art. 88.
Art. 88.
Asignará libremente destinos a todos aquéllos que le estén subordinados, salvo en los casos que hayan sido fijados en la disposición de nombramiento, buscando en todo momento la mayor eficacia del buque de su Mando.


