LexTotal

Legislación › Real Decreto 1024/1984, de 23 de mayo, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas de la Armada.

Art. 469.

Art. 469.

El militar cuidará su aspecto, compostura y policía personal ateniéndose a las disposiciones que lo regulan.

← Art 468 Índice Art 470 →