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Legislación › Real Decreto 1137/1984, de 28 de marzo, por el que se aprueba la Reglamentación Técnico-Sanitaria para la Fabricación, Circulación y Comercio del Pan y Panes Especiales.

Art. 19. Etiquetado

Comparación entre la redacción en vigor desde el 23 de noviembre de 2003 y la del 30 de marzo de 2013. Tachado: lo que se quitó (77 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Art. 19. Etiquetado
El etiquetado de los productos a que se refiere esta Reglamentación técnico-sanitaria deberá cumplir lo dispuesto en el Real Decreto 1334/1999, de 31 de julio, por el que se aprueba la norma general de etiquetado, presentación y publicidad de los productos alimenticios, sin perjuicio de que la denominación de venta de los productos que se incluyen en el ámbito de aplicación de esta Reglamentación técnico-sanitaria sea la contemplada en los artículos 6 y 7 de la misma. (Derogado)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
30 de marzo de 2013 En vigor BOE-A-2013-3402 Leer Qué cambió
23 de noviembre de 2003 BOE-A-2002-22731 Leer Qué cambió
14 de febrero de 1999 BOE-A-1999-4412 Leer Qué cambió
4 de julio de 1984 Texto original Leer

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