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Legislación › Ley 27/1984, de 26 de julio, sobre reconversión y reindustrialización.

Disposición transitoria segunda.

Disposición transitoria segunda.

En los planes de reconversión actualmente en vigor que tengan Previsto el funcionamiento de una Gerencia será, de aplicación a la misma lo dispuesto en el párrafo 2.º del número 1 del artículo 7.º de la presente Ley.

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