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Legislación › Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la Función Pública.

Artículo treinta y dos. Seguridad Social.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 28 de mayo de 1987 y la del 15 de junio de 2000. El texto es el mismo. Volver al texto en vigor

Artículo treinta y dos. Seguridad Social.
1. (Derogado)
2. (Derogado)
3. (Derogado)
4. (Derogado)
5. (Derogado)
6. La determinación de la condición de beneficiario de asistencia sanitaria en los Regímenes Especiales de la Seguridad Social de los funcionarios públicos se adecuará a lo dispuesto para el Régimen General.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de noviembre de 2015 En vigor BOE-A-2015-11719 Leer Qué cambió
13 de mayo de 2007 BOE-A-2007-7788 Leer Qué cambió
29 de junio de 2006 BOE-A-2000-12140 Leer Qué cambió
15 de junio de 2000 BOE-A-2000-11121 Leer Qué cambió
28 de mayo de 1987 BOE-A-1987-12636 Leer Qué cambió
23 de agosto de 1984 Texto original Leer

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