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Legislación › Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la Función Pública.

Artículo veintisiete. Racionalización de la estructura de Cuerpos y Escalas de la Administración del Estado.

Artículo veintisiete. Racionalización de la estructura de Cuerpos y Escalas de la Administración del Estado.

Se autoriza al Gobierno para que, a propuesta del Ministro de la Presidencia, proceda a:

1. Convocar pruebas unitarias de selección para el ingreso en los distintos Cuerpos o Escalas.

2. Unificar, previo dictamen del Consejo de Estado, aquellos Cuerpos y Escalas de igual grupo, cuando para el acceso a los mismos se hayan exigido los mismos requisitos de capacidad profesional, e igual titulación académica, las pruebas de selección sean conjuntas o de contenido sensiblemente equivalente, interviniendo en su evaluación Tribunales o Comisiones de composición similar, y le hayan sido asignadas funciones sustancialmente coincidentes en su contenido profesional y en su nivel técnico.

Se deroga el apartado 2 , se modifica y se renumera el apartado 3 como 2 por la disposición derogatoria y el art. 1 de la Ley 23/1988, de 28 de julio. Ref. BOE-A-1988-18763

Se declara la inconstitucionalidad y nulidad de los apartados 3 y 4 por Sentencia del TC 99/1987, de 11 de junio. BOE-T-1987-14852

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
30 de julio de 1988 En vigor BOE-A-1988-18763 Leer Qué cambió
26 de junio de 1987 BOE-A-1987-14852 Leer Qué cambió
23 de agosto de 1984 Texto original Leer

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