Legislación › Ley 8/1984, de 3 de julio, de Reforma Agraria.
Artículo 24.
Artículo 24.
Al objeto de que la Administración Autónoma acuerde y realice las expropiaciones necesarias para la ejecución del Plan Comarcal de Mejoras, la aprobación del mismo supondrá la declaración de utilidad pública y la necesidad de ocupación de los bienes que sean indispensables para tal finalidad, por el procedimiento de urgencia.


