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Legislación › Ley 8/1984, de 3 de julio, de Reforma Agraria.

Artículo 24.

Artículo 24.

Al objeto de que la Administración Autónoma acuerde y realice las expropiaciones necesarias para la ejecución del Plan Comarcal de Mejoras, la aprobación del mismo supondrá la declaración de utilidad pública y la necesidad de ocupación de los bienes que sean indispensables para tal finalidad, por el procedimiento de urgencia.

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