LexTotal

Legislación › Ley 4/1984, de 9 de enero, de Consejos Escolares.

Disposición final primera.

Disposición final primera.

Se autoriza al Consejo de Gobierno para que dicte cuantas disposiciones sean precisas para el desarrollo y aplicación de la presente Ley.

← Artículo 19 Índice Disposición final segunda →