Legislación › Ley 11/1984, de 15 de octubre, de Salud Escolar para el Principado de Asturias.
Artículo 13.
Artículo 13.
Será obligación del personal docente acreditar su estado de salud antes de incorporarse al ejercicio de sus funciones y cada vez que cause baja por causa de enfermedad transmisible.


