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Legislación › Ley 11/1984, de 15 de octubre, de Salud Escolar para el Principado de Asturias.

Artículo 13.

Artículo 13.

Será obligación del personal docente acreditar su estado de salud antes de incorporarse al ejercicio de sus funciones y cada vez que cause baja por causa de enfermedad transmisible.

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